El objeto de este reconocimiento es distinguir a las personas, organismos, instituciones, entidades y empresas, de carácter público o privado, que hayan destacado por su aportación y apoyo a la actuación de la Administración comercial española y al sector comercial en su conjunto, habiendo contribuido así a su defensa, potenciación, modernización, internacionalización, eficiencia, mejora y promoción, en reconocimiento y como medio de fomento de dichas actuaciones.
La Medalla y la Placa al Mérito en el Comercio tendrán carácter honorífico, sin que su otorgamiento pueda generar derecho económico alguno. El procedimiento de concesión podrá iniciarse ya sea de oficio (a iniciativa de la Secretaría de Estado de Comercio), o bien a instancia de autoridades y representantes legales de corporaciones, asociaciones o entidades vinculadas al ámbito comercial. Para ampliar información al respecto, adjuntamos el enlace web: http://www.boe.es/boe/dias/2010/05/22/pdfs/BOE-A-2010-8191.pdf.
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